La Patria Potestad, es un derecho que la ley le otorga a los padres sobre los hijos que son menores de edad, por lo que de manera voluntaria el padre o la madre pueden ceder sus derechos al padre que tiene la tenencia del menor.
Cabe indicar que el Código de la Niñez y Adolescencia, no manifiesta en si la patria potestad voluntaria, pero si manifiesta el concepto sobre la Patria Potestad, el cual establece en su artículo 105 “La patria potestad no solamente es el conjunto de derechos sino también de obligaciones de los padres relativos a sus hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo integral, defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la Constitución y la ley”.
Es decir que el padre así haya cedido sus derechos a la madre, tiene obligación de seguir manteniendo a su hijo, ya que lo único que perdió de manera temporal, es el derecho a poder ver a su hijo, a relacionarse con él y a tomar decisiones sobre a la vida del menor.
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